La Teoría de la Criminología Crítica
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- 16 mar 2021
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Dicha obra fue publicada originalmente en 1982 por la Società editrice il Mulino de Bolonia, Italia, bajo el título Criminología critica e critica del diritto penale: Introduzione alla sociologia giuridico-penale (222 páginas). La primera en castellano data de 1986. La concepción de Baratta sobre la criminología crítica, puede ser presentada de manera esquemática en una serie de proposiciones que se enumeran a continuación:
La criminología crítica es una teoría materialista de inspiración marxista.
De manera consecuente con su filiación marxista, la criminología crítica considera que el fenómeno de la desviación sólo puede ser analizado en el contexto de la estructura socioeconómica -históricamente determinada- en que se produce.
Las teorías criminológicas que no analizan el fenómeno de la desviación en el contexto de la estructura socioeconómica en que se produce deben ser rechazadas porque no han comprendido la esencia misma del fenómeno estudiado.
La estructura socioeconómica de los países en que se ha desarrollado la criminología crítica corresponde al capitalismo tardío, en el cual no impera el consenso sino el conflicto. En efecto:
En la sociedad capitalista tardía existe una lucha de clases de naturaleza política entre una clase subordinada y una clase dominante,
Para proteger y perpetuar su posición favorecida, la clase dominante ha elaborado el derecho penal, el sistema de justicia penal -tribunales y cárceles- y la estructura actual del sistema educativo.
Por este motivo el derecho penal -abstracto y concreto- castiga de preferencia los comportamientos típicos de las clases subordinadas.
En consecuencia -y a pesar de que las investigaciones indican que todas las personas cometen delitos-, las cárceles están pobladas mayoritariamente por miembros de la clase subordinada.
De lo expuesto anteriormente se infiere que el concepto de delito es una construcción social y debe ser reemplazado por el de comportamiento socialmente negativo. Este último es definido como un comportamiento -criminalizado o no- lesivo de intereses merecedores de tutela.
Los comportamientos socialmente negativos se explican según la clase social a la que pertenece su autor:
Si el autor pertenece a la clase subordinada, el comportamiento socialmente negativo será expresión de las contradicciones entre producción y distribución de la riqueza, típicas de la sociedad capitalista.
Si el autor pertenece a la clase dominante -implicada principalmente en los llamados delitos de cuello blanco -, el comportamiento socialmente negativo se explica por la relación funcional entre procesos legales e ilegales de acumulación de capital y la relación de estos con la esfera política.
Puesto que el conflicto de clases es de naturaleza política, la delincuencia sólo desaparecerá cuando la sociedad capitalista sea reemplazada por la sociedad socialista, que es una sociedad libre e igualitaria.
Entre tanto corresponde aplicar un derecho penal mínimo en el marco de una política criminal de las clases subalternas , cuyas características son las siguientes:
Despenalizar la mayor cantidad posible de los comportamientos penalizados actualmente, que corresponden a comportamientos típicos de las clases subordinadas.
Penalizar los comportamientos de las clases dominantes que aún no estén penalizados.
La diferencia de tratamiento entre ambas clases se explica porque se debe aplicar una política criminal de las clases subalternas.
Disminuir la utilización de la cárcel. En este contexto se propone reemplazar las sanciones penales por sanciones administrativas o civiles, privatizar los conflictos, incorporar sanciones alternativas, ampliar las formas de suspensión condicional de la pena, de libertad condicional, de ejecución de la pena en semilibertad, de permisos de salida, etc.
A largo plazo, el objetivo final es la abolición del derecho penal y de la cárcel -que constituye su corolario-, pero esto sólo será posible en el marco de una sociedad socialista.
El criminólogo debe renunciar a toda pretensión de neutralidad y, utilizando de preferencia métodos de análisis marxistas para sus estudios, apoyar la política criminal de las clases subalternas. Estos estudios deben realizarse en parte desde el campo de una nueva ciencia denominada sociología jurídico-penal, cuyo objeto de estudio serían los comportamientos que representan una reacción ante el comportamiento desviado. Esta ciencia estudiaría así las reacciones institucionales de los organismos oficiales del control social de la desviación así como las reacciones no institucionales.Este sería un resumen del planteamiento de la Criminología Crítica desde la visión de Alessandro Baratta.

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